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NewsletterRECTA FINAL para adaptación a la Normativa de Protección de Datos RGPD.

26/01/2018

El 25 de mayo del 2018 será de obligado cumplimiento el RGPD. Cumples los requerimientos básicos:

  • Llevar un registro de las actividades de tratamiento,
  • Evaluaciones de impacto sobre la protección de datos en ciertos tratamientos dentro de las empresas.
  • Nuevos contratos de tratamiento de datos con proveedores
  • Especificar los accesos de los usuarios

  • Formular nuevas cláusulas informativas –se elimina el consentimiento tácito.
  • Previsión de ejercicio al derecho al olvido y derecho de portabilidad,
  • Descripción detallada de los sistemas de información.
  • Garantizar el conocimiento para la Comunicación de fallos.

  • En su caso nombrar al DPO. El ‘data protection officer’ o delegado de protección de datos es una figura esencial en el nuevo reglamento europeo.

Un buen motivo para estar bien asesorado y adaptado a la normativa de protección de datos

La aplicación del nuevo Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) va a comportar un exponencial incremento en la cuantía de las sanciones impuestas por incumplimiento de la normativa:

  • Hasta 10.000.000€ o el 2% del volumen de negocio anual global del ejercicio anterior.
  • Hasta 20.000.000€ o el 4% del volumen de negocio anual global del ejercicio anterior.

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